Atendieron al acto unas 20 personas.
En la presentación del tema se aclaró que la actual Ley en trámite solo
abre muchos interrogantes y se animó a nuestr@s representantes en la mesa a explicar
qué tipo de preguntas hacen en los gobiernos nacional y autonómico, qué
respuestas reciben (cuando las reciben) y para qué vale.
Sofía Castañón (SC), diputada en el congreso estatal, habló de la opacidad
en los casos de corrupción en el ámbito político o como desde la oposición se
trata en la mayoría de los casos de averiguar qué pasa con nuestros recursos y
asignar responsabilidades a los diferentes cargos públicos sin y no se consigue.
En general la obtención de respuestas es un proceso frustrante y lento en el
mejor de los casos. Si se imprimieran todas las preguntas desde el inicio de la
legislatura hasta diciembre se podría rodear el congreso, y las respuestas no
han comenzado a recibirse hasta enero.
Aunque las comisiones de los presupuestos generales del estado son
públicas, las subcomisiones no lo son. En algunos casos incluso l@s
representantes tienen dificultades de acceso al contenido e incluso es un
contenido parcial. Se ha solicitado modificar el reglamento para aceptar
comparecencias respetando la confidencialidad.
Dani Ripa (DR), diputado del congreso autonómico, comenzó hablando de la
relación entre transparencia y corrupción, y cómo de momento los escándalos suelen
empezar con temas aparentemente no relacionados pero que suponen el principio
de un ovillo que se va desenredando al tirar del hilo. Un ejemplo es la trama
del agua. Este descubrimiento no se debió a la existencia de mecanismos
institucionales para tratar estos problemas. Describió el contenido de algunas
comparecencias de funcionarios en la Junta, que explicaron con detalle los
problemas existentes para denunciar abusos y las consecuencias negativas
personales y profesionales que esto conlleva. La ley de transparencia
actualmente en tramitación se basa en la propuesta de Podemos, pero con unos
cambios importantísimos:
1. se elimina el anonimato para utilizar el buzón de denuncias y se piden
datos al denunciante,
2. se pasan las competencias de investigar las denuncias desde un organismo
independiente (la propuesta original) al jefe de servicio, que sería nombrado
por el consejero de presidencia.
Además, hay otros problemas, incluidos la exclusión de información
relevante (como con quién tienen contacto los políticos) y la falta de un
proceso participativo con contribución de la ciudadanía.
Estos problemas llevan a que la actual ley en trámite no sea más que una
utilización de la transparencia con fines propagandísticos y de bloqueo.
Carlos Carrero (CC), documentalista y archivero de la administración
pública y miembro del Círculo “Asturies por lo Público”, hizo la presentación
de las características de esta proposición de Ley desde la parte técnica.
Comenzó enfatizando que aunque la gente tiende a asociar “transparencia” con
“corrupción”, la primera debe vincularse a la participación ciudadana A partir
de aquí, expuso algunos puntos básicos generales:
•
No toda la información de la administración puede, ni debe, ser accesible.
•
Normalmente el deseo de información se debe a la necesidad o conveniencia
de “hacer algo” y de ahí la relación íntima entre transparencia y
participación.
•
Los principios vinculados al buen gobierno ya están contemplados en
diferentes normas legales. Lo realmente importante en la legislación sobre
transparencia es potenciar la gobernanza a través de la participación
ciudadana, en la búsqueda de un gobierno abierto.
•
La publicidad activa no es lo mismo que el acceso a la información. Enfatiza
lo engañoso del carácter de “relevancia” de la información que los sujetos
obligados aportan por medio de la publicidad activa.
•
Es importante que los formatos sean reutilizables e interoperables, para lo
que se precisa la implantación de una administración electrónica real al
servicio de las personas.
En el caso particular del proyecto de Ley asturiana resalta, a modo de
ejemplo, los siguientes aspectos:
•
El acceso a la información no se considera derecho fundamental, al
contrario de lo que ocurre en la mayoría de la legislación a nivel internacional.
•
Hay un abuso del término “ciudadano”, mucho más ambiguo y sexista, en
detrimento del de “persona”.
•
El uso y abuso de formatos propietarios dificulta el acceso y la
reutilización de la información.
•
El carácter de libre acceso que otorga el proyecto de ley a “todos los
expedientes” contraviene lo establecido por otras leyes e ignora que la
competencia para dictaminar a ese respecto es de la Comisión de Calificación y
Valoración de documentos administrativos del Principado de Asturias.
•
La existencia de un portal de transparencia no es sinónimo de mayor
transparencia.
•
La solicitud de información por “cualquier medio” se reduce, en la
práctica, al portal de transparencia, para lo que se precisa de certificado
electrónico, y a la solicitud presencial. Solo Canarias y Aragón recogen en su
legislación las solicitudes telefónicas de información.
•
El procedimiento contemplado para el registro de las solicitudes y de las
posteriores resoluciones, así como del proceso de seguimiento de las peticiones,
es confuso e inconsistente.
Finalizó describiendo algunos ejemplos de cómo el ejercicio de
transparencia en la Administración asturiana se realiza con vistas a recibir
“buenas notas” en el INCAU de Transparencia Internacional, ocupándose más de la
forma que del fondo.
Todo ello demuestra la necesidad de una implicación de la sociedad civil
para mejorar una mala ley a través de la presentación de enmiendas.
Finalizados los turnos de la parte informativa, se pasó a un interesante
debate sobre las incógnitas de una Ley que quedó de manifiesto que presenta
serias deficiencias y escasa efectividad de ser aprobada.
CONCLUSIÓN: se demuestra la necesidad de una
implicación de la sociedad civil para mejorar una mala ley a través de la
presentación de enmiendas.
Se realizaron interesantes preguntas durante el debate que pasamos a
detallar:
Pregunta: ¿Nos podéis explicar qué es el
silencio administrativo negativo?
CC: El silencio administrativo negativo significa que si la administración
no responde en tiempo, la solicitud se considera denegada. Se puede presentar
recurso ante el Consejo de transparencia, que también podrá ser denegado por
silencio administrativo. Debemos tener como meta el silencio positivo, como lo
recogen algunas leyes autonómicas, aunque su puesta en funcionamiento puede ser
complejo debido a la necesidad de garantizar el derecho del que gozan terceras
personas a que no se conozcan, por ejemplo, sus datos personales sin su
consentimiento.
Pregunta: ¿Sirve la ley de transparencia
para obtener información sobre las listas
de espera para la obtención de servicios o subvenciones?
CC: Esta información debe ser ya accesible, en calidad de interesado, a
través de procedimiento administrativo común y no por la ley de transparencia,
tal como recoge la disposición adicional primera de la ley estatal, teniendo la
legislación en materia de transparencia carácter supletorio para todo lo que no
se contemple en las normativas específicas.
Pregunta: La gente suele introducir
transparencia en una especie de gueto, cuando es un tema transversal y que por
su carácter de derecho fundamental debería fluir de los procedimientos
normales. ¿No deberíamos hablar de derecho a la información en vez de
transparencia?
CC: No les interesa a los políticos, quienes suelen hacer corresponder
transparencia y publicidad activa. No debe vincularse transparencia a los
políticos, sino a las personas.
DR: La ley asturiana se hace con fines propagandísticos y como cajón de
sastre. Es una copia de la ley estatal en la que se incluyen los temas, pero se
limita el acceso.
SC: De acuerdo, pero a veces merece la pena usar el lenguaje más común
simplemente para entenderse.
Pregunta: Se habló de las tres patas del
buen gobierno, pero debería haber una cuarta: el control interno, que incluya:
1. Renovación: cambios en la justicia, que no funciona y carece de
servicios.
2. Innovación; nuevas instituciones en lugar del gobierno controlando al
gobierno.
3. Control interno de partidos políticos.
4. Control a nivel europeo (por ejemplo, política comercial).
DR: Efectivamente, el autocontrol actual del gobierno no funciona. Se
necesita un sistema de denuncias anónimas como el que ya funciona en la Guardia
Civil.
SC: De acuerdo, es imposible denunciar al denunciado. En cuanto a la
situación europea, hubo falta escandalosa de información, hasta el punto que la
gente en las diferentes comisiones relevantes solo tenía información parcial y
el proceso se parecía un tanto al del libro Fahrenheit 451, y ni aún así.
Pregunta: Y en el mismo tema ¿Qué pasa en
los partidos? En el caso de Podemos, no es como era al principio. ¿Cómo se
implica la base cuando ahora se hacen las políticas desde las cúpulas?
SC: Necesitamos protocolos y una sistematización con temas y subcomisiones:
buenas herramientas para hacer un buen trabajo. Los temas deben pasar por los
círculos.
DR: En estos momentos la cúpula y las bases son sólidas, nos falta el
estrato intermedio, y esto no se ha resuelto en Vistalegre. El mayor problema
está a nivel estatal. Quizás podrían hacerse reuniones cada 6 meses para
discutir y decidir sobre propuestas y problemas.
CC: El control es fundamental, pero es una cuestión más de procedimiento
que de la creación de instituciones de control. Debe asegurarse un control
interno a través de la creación de una auténtica cultura organizativa en la
administración asturiana y una democratización para la gobernanza contando con
todas las personas.
Pregunta: Se ruega la presentación de la
información en capas, de más simple a más compleja, de modo que se ajuste a los
conocimientos y las necesidades de la persona que la solicite.
CC: El carácter “relevante” de la información es subjetivo, mientras que el
de “veraz” es objetivo. Las leyes contemplan la posibilidad de adaptar la
información, pero para ello es necesaria la administración electrónica.
Pregunta: La falta de contestación
(silencio negativo) hace imposible ejercer el derecho a la información, aunque
sea reconocido en la ley autonómica, por lo que ésta solo puede considerarse
propaganda.
CC: A pesar de los cuatro años de la ley estatal de transparencia, España
está en el número 41 de países, por debajo de Botswana o Brunei.
SC: Esto mismo es cierto de otras leyes, que no garantizan derechos
fundamentales.
DR: Aunque idealmente habría que empezar de cero, el proceso de la ley
autonómica está en fase de enmiendas.
Con esta última intervención se cerró el acto.
Antes del evento y durante el mismo se recogieron los cuestionarios que
aportaban los presentes y que les habían sido remitidos por el Círculo APLP en
los días previos al acto. A través de sencillas preguntas quedó constancia de
qué entienden las y los ciudadanos por participación ciudadana y por una administración
verdaderamente transparente y al servicio de la gente.
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